DEVOLUCIÓN DE UN PRODUCTO

Como regla general, los establecimientos no están obligados a cambiar el producto ni a devolvernos el dinero, aunque la mayoría lo acepta. Sólo podemos pedir el cambio:

– Si el producto no cumple con las características con que se anuncia o es defectuoso. En este caso, se podrá optar por el cambio por otro producto igual o de similares características, o por la devolución de su precio. En ningún caso le podrán obligar a aceptar un vale de compra por el importe del artículo.

– Cuando la publicidad de un establecimiento o de un producto anuncia a través de cualquier medio que si no quedamos satisfechos con el producto nos devuelven el dinero, ya que la publicidad es vinculante para quien la efectúa.

– En la venta a distancia y en la venta a domicilio se dispone de un plazo de 7 días, desde la recepción de la mercancía, para devolver el producto.

– Cuando se realice la compra con la condición de tener a prueba durante unos días el producto, se tendrá derecho a devolverlo en el plazo acordado. En caso de no fijarse plazo, éste será de 7 días que es lo que marca la Ley de Ordenación del Comercio Minorista.

Los establecimientos que acepten libremente la devolución de artículos no defectuosos podrán determinar las condiciones: plazos de devolución;si ésta se efectúa en metálico o mediante vales de la tienda; si el envoltorio puede estar abierto o no; etc. Por ello, antes de comprar, es importante que nos informemos de las posibilidades de devolución y de las condiciones. Recuerde que la presentación del tique o factura de compra es requisito imprescindible para poder realizar la devolución.

Un establecimiento, aun cuando admita la devolución de los productos, puede excluir algunos, como prendas de ropa interior, artículos de higiene, vestidos de fiesta y objetos que puedan ser reproducidos o copiados (libros, discos, cds, cintas de vídeo, etc.).

Cuando esté reconocido el derecho a la devolución de un producto, el consumidor que solamente lo haya probado, sin alterar sus condiciones, no tiene obligación de indemnizar al vendedor por el desgaste o deterioro que haya podido ocasionar.

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