AMPLIACIÓN AYUDAS AUTÓNOMOS

A partir del 1 de octubre de 2021, los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen General Especial de la Seguridad Social por Cuenta Propia o Autónomos, que estuvieran dados de alta y vinieran percibiendo el 30 de septiembre alguna de las prestaciones por cese de actividad, tendrán derecho a una exención de sus cotizaciones en la Seguridad Social y formación profesional con las siguientes cuantías:

  • 90% de las cotizaciones correspondientes al mes de octubre.
  • 75% de las cotizaciones correspondientes al mes de noviembre.
  • 50% de las cotizaciones correspondientes al mes de diciembre.
  • 25% de las cotizaciones correspondientes al mes de enero.

Para que sean aplicables estos beneficios, los trabajadores autónomos deberán mantener el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social hasta el 31 de enero de 2022.

La base de cotización será la que venía cotizando el trabajador autónomo antes de acceder a la prestación por cese de actividad.

Para más información: https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/29/pdfs/BOE-A-2021-15768.pdf