AYUDAS PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA PARA LA MEJORA COMPETITIVA DE LA PYME EXTREMEÑA EN LAS ANUALIDADES 2020 Y 2021

OBJETO

Financiación de proyectos empresariales relacionados con la optimización de la gestión de la pyme, la implementación de herramientas tecnológicas avanzadas, la implantación y certificación de normas y sistemas de calidad y el desarrollo de envases y embalajes a través de acciones de diseño, en las anualidades 2020 y 2021.

LÍNEAS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES

  1. Optimización de procesos productivos
  2. Implantación y certificación de normas y sistemas de calidad.
  3. Implantación de herramientas tecnológicas avanzadas.
  4. Diseño de envases y embalajes.

BENEFICIARIOS

Pymes con centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura con independencia de cuál sea su forma jurídica, incluidos autónomos, que vayan a realizar un proyecto dirigido a la mejora competitiva de una actividad que se venga desarrollando en este centro, y que cuenten con una media de tres o más trabajadores en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

LÍNEA 1: OPTIMIZACIÓN DE PROCESOS PRODUCTIVOS

Proyectos dirigidos a optimizar la gestión de la empresa a través de la realización por parte de consultora especializada de un análisis empresarial, a fin de conocer su situación actual y los principales obstáculos que impiden su crecimiento, supervivencia o desarrollo, debiéndose realizar una evaluación del estado actual de los procesos, donde se ponga de manifiesto los tipos de ineficiencia, defectos, excesos de tiempo o almacenamientos, sobreproducciones y necesidades, y en base a ello, diseñar y ejecutar un plan de mejora, mediante la aplicación de la metodología de gestión Lean Manufacturing, Lean Management, Lean Office, Seis Sigma, 5 S, u otras de similares características y prestaciones.

Los proyectos deberán aplicarse de manera integral a todos los procesos de la empresa, por lo que con carácter general solo se podrá considerar como subvencionable un proyecto por empresa dentro de esta línea. No obstante, de manera excepcional y siempre que atendiendo al tamaño de la empresa, la existencia de departamentos claramente diferenciados, así como a la complejidad de la misma, se podrá admitir la presentación de más de un proyecto orientado de manera separada a departamentos o áreas funcionales, debiendo, en todo caso, justificarse de manera detallada la necesidad de abordar el proyecto con este enfoque.

El resultado final del proyecto subvencionable deberá concretarse en el despliegue y ejecución de todas las medidas recomendadas tras la aplicación de la metodología de procesos llevada a cabo.

Gastos subvencionables:

Gastos de consultoría externa especializada, que acredite disponer de experiencia y equipo técnico cualificado en la metodología a desarrollar.

Se subvencionará el 80 % de los gastos subvencionables, con los siguientes límites:

  1. Para empresas entre 3 y 10 trabajadores, el gasto máximo subvencionable será
    de 15.000 euros.
  2. Para empresas entre 11 y 20 trabajadores, el gasto máximo subvencionable será
    de 20.000 euros.
  3. Para empresas con más de 20 trabajadores, el gasto máximo subvencionable
    será de 25.000 €.

Los niveles de empleo que se tendrán en cuenta son los referidos a la/s actividad/es y centro/s de trabajo para los que se plantea el desarrollo del proyecto.

Los importes antes señalados se consideran con IVA excluido, y se aplicarán cuando el proyecto contemple de manera integral todos los procesos de la empresa. Si por el contrario el proyecto está orientado de manera separada a departamentos o áreas funcionales los límites de inversión subvencionables se reducirían en un 50 %.

Los presupuestos deben venir desglosados por tareas y horas de consultoría, identificándose de manera individualizada los costes de las mismas.

LÍNEA 2: IMPLANTACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS DE CALIDAD

Se subvencionan los gastos de implantación y certificación de las siguientes normas:

  1. Sistemas de gestión de la calidad mediante la Norma ISO 9001, de gestión medioambiental mediante la Norma ISO 14001 o un sistema integrado de ambas.
  2. Sistema de Seguridad y Salud en el trabajo, de acuerdo con la norma ISO 45001.
  3. Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) basado en la norma ISO 27001.
  4. Sistema de gestión de la I+D+i, mediante la Norma UNE 166002 y sistema de Vigilancia Tecnológica, mediante la Norma UNE 166006.
  5. Normas o protocolos dirigidos a garantizar la seguridad alimentaria, tales como BRC, IFS, ISO 22000, FSSC 22000, u otras de naturaleza similar que Lunes, 21 de diciembre de 2020 47829 NÚMERO 244 estén referidas a la seguridad alimentaria, que tengan cierto reconocimiento en los mercados y que permitan una mayor expansión comercial a las
    empresas beneficiarias.
  6. Sistemas de gestión de Compliance basados en las normas UNE 19600, UNE 19601 y UNE 19602.
  7. Normas Especificación UNE 0060:2018 y UNE 0061:2019 de sistemas de gestión para la digitalización.
  8. Cualquier otra norma reconocida institucionalmente que venga referida a alguno de los ámbitos indicados en los puntos anteriores, o que venga a suponer una optimización de la gestión de los procesos y una mejora en la competitividad de la empresa, o que sea requisito necesario por exigencias del mercado internacional o del sector.

Serán subvencionables los gastos de consultoría externa especializada, que acredite disponer de experiencia y equipo técnico cualificado en la norma o sistema a implantar, y gastos de certificación realizada por entidad acreditada en la norma o sistema que se trate.

Se subvencionará el 80 % de la inversión subvencionable, con un límite de 6.000 euros IVA excluido, por norma o sistema. Si en el proyecto se contemplase la implantación de dos normas que integren procesos comunes el límite se amplía a 9.000 euros IVA excluido.

LÍNEA 3: IMPLANTACIÓN DE HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS AVANZADAS

Desarrollo e Implantación de Soluciones Tecnológicas avanzadas dirigidas a posibilitar la gestión de todos los procesos de una empresa de una forma conjunta o integrada, a través de la implantación de herramientas ERP (Planificación de Recursos Empresariales), CRM (Gestión de las relaciones con clientes), SCM (Gestión de la Cadena de Suministro), MES (Sistema de Ejecución Manufacturera), PLM (Gestión del ciclo de vida del producto), PDM (Gestión de Datos del producto), PPS (Sistema de Planificación del Producto), PDA (Adquisición de datos de producción) y MDC (Recopilación de los datos de las maquinas) u otras de naturaleza similar.

En relación con las herramientas ERP, podrán contemplar todos los procesos de la empresa o solo una parte de los mismos, pudiéndose admitir desarrollos modulares que amplíen soluciones ya implantadas en la empresa. También tendrán carácter subvencionables el desarrollo, a través de proveedores especialistas, de proyectos basados en la implementación de tecnologías Big Data, así como de proyectos basados en la metodología BIM (Building Information Modeling) orientados la gestión integral de los proyectos de construcción, en todas sus fases y durante el ciclo de vida completa del edificio, por medio de modelos virtuales y de forma colaborativa entre los diferentes agentes intervinientes.

La empresa solicitante deberá describir de manera personalizada, clara y detallada cuál es su situación actual, así como los objetivos a alcanzar, los cuales deberán acreditarse su cumplimiento tras la justificación del proyecto.

Se considerarán subvencionables los gastos de colaboraciones externas, por parte de consultoría especializada necesaria para la implantación de la solución tecnológica, así como la adquisición de las herramientas y licencias oportunas para el uso de la misma.

Se subvencionará el 80 % de la inversión subvencionable, con un límite máximo de 15.000 euros si la empresa tiene un nivel de empleo entre 3 y 10 trabajadores, de 20.000 euros si el nivel de empleo está en un intervalo entre un número mayor de 10 trabajadores y 20 trabajadores y 25.000 euros si el nivel de empleo es superior a 20 trabajadores. Los niveles de empleo que se tendrán en cuenta son los referidos a la/s actividad/es y centro/s de trabajo para los que se plantea el desarrollo del proyecto.

Para las herramientas ERP de carácter modular, que integren solo algunos de los procesos de la empresa, el límite subvencionable sería de 7.000 euros.

Los importes antes señalados se consideran con IVA excluido.

Con respecto a los gastos de las “herramientas”, podrán ser subvencionables los elementos y dispositivos físicos asociados, específicos, de uso exclusivo y necesario para el correcto funcionamiento y operatividad del proyecto, quedando excluidos aquellos que pudieran ser susceptibles de usos distintos a este. En todo caso la inversión máxima a aplicar en estos dispositivos físicos no podrá ser superior al 40 % de la colaboración externa e inversión inmaterial subvencionable, y deberá justificarse de manera clara la necesidad de su adquisición y la exclusividad para el proyecto.

LÍNEA 4: PROYECTOS DE DISEÑO

Acciones de diseño de envases y embalajes que constituyan una novedad relevante para la empresa solicitante de la ayuda, respecto a los que ya viene utilizando, y que le permitan a ésta alcanzar una ventaja competitiva en el menor tiempo posible, resolviendo problemas funcionales, logísticos, higiénico sanitarios o de transporte permitiendo el acceso de la Pyme a nuevos mercados o la adaptación a los nuevos requerimientos derivados de la crisis sanitaria del Covid-19.

Será subvencionable la realización de las acciones indicadas por parte de una consultoría externa especializada en materia de diseño y desarrollo de envases y embalajes.

Tipos de proyectos subvencionables:

  1. Diseño de un nuevo envase o embalaje que suponga una innovación en su sector, diferenciándose de su competencia directa, y además se trate de un envase o embalaje con un alto grado de personalización para la empresa, reflejando un elevado componente de diseño. El proyecto podrá contemplar además del propio diseño del envase o embalaje, el diseño o rediseño de la identidad gráfica de la empresa adaptada al nuevo envase o embalaje. Se subvencionará el 80 % de los costes de diseño, desarrollo de los nuevos envases y embalajes y en su caso, diseño de identidad gráfica con un límite máximo de 9.000 euros de inversión subvencionable (IVA excluido).
  2. Diseño de un nuevo envase o embalaje basado en la incorporación de elementos ya existentes en el mercado, sobre los que se pretende realizar determinada adaptaciones, así como la incorporación de la identidad gráfica de la empresa adaptada al nuevo envase o embalaje. Se subvencionará el 80 % de los costes de diseño y desarrollo necesarios con un límite máximo de 4.000 euros (IVA excluido).

SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR

  1. Anexo I – Solicitud.
  2. Anexo II – Memoria del proyecto a subvencionar.
  3. Factura/s proformas de la/s acción/es subvencionable/s que pretenda llevar a cabo la entidad solicitante de la ayuda, desglosadas por conceptos e importes, en formato electrónico (pdf).
  4. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
  5. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
  6. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
  7. Certificado expedido por la Seguridad Social en el que se indique la media de trabajadores en un periodo de tiempo inmediatamente anterior en doce meses a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda de todas las cuentas de cotización de la empresa, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso tendrán que presentar informe de vida laboral de la empresa a fecha de solicitud de ayuda, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
  8. Certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredite los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la empresa solicitante, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Desde el 23 de enero hasta el 29 de octubre de 2021.

Se presentarán a través de la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura
http://sede.gobex.es/SEDE/.

En el caso en que los medios tecnológicos indicados anteriormente no estuviesen disponibles, por algún tipo de incidencia de carácter técnica, sobre lo cual se dará adecuada información en el apartado correspondiente de la sede electrónica corporativa, la solicitud deberá presentarse por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o a través del registro electrónico de documentos del sistema de la Administración General del Estado habilitado en la web:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html.

PAGO DE LAS AYUDAS

El importe total de la ayuda otorgada se abonará en dos pagos a realizar de la siguiente manera:


a) Una vez notificada la resolución de concesión, se realizará un primer pago del 50 % del
importe total de la ayuda a cada empresa beneficiaria.
b) Finalmente, se pagará el 50 % restante de la ayuda una vez justificada la totalidad de la
inversión subvencionable otorgada.

La empresa beneficiaria queda exenta de presentar garantías por los importes anticipados de la ayuda.

EJECUCIÓN DE PROYECTOS

  1. La ejecución de proyectos se ajustará a las condiciones, prescripciones y plazos que se
    establezcan en la resolución de concesión.
  2. El plazo para la ejecución del proyecto, más las posibles prórrogas que se le puedan conceder al beneficiario, en ningún caso, podrá exceder de 18 meses contados a partir de la notificación de la resolución individual de concesión.
  3. Todos los gastos deberán estar comprendidos dentro del plazo de ejecución, no pudiéndose facturar, ejecutar ni pagar gastos imputables al proyecto fuera de dicho periodo, que comenzará el día de la presentación de la solicitud de ayuda y finalizará según lo dispuesto en el punto anterior. Todos los gastos deben pagarse a través de entidad bancaria.

JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA

La justificación total del proyecto se realizará, como máximo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al fin del plazo de vigencia establecido en la Resolución individual de concesión, o en el plazo establecido en la posible prórroga que al efecto se pueda establecer. La falta de presentación de la solicitud de liquidación en el plazo establecido conllevará la pérdida del derecho a la subvención.

Documentación necesaria:

1. Anexo III – Solicitud de pago.

2. Memoria explicativa de las actividades realizadas que hayan sido financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos debidamente ordenados y numerados, con especificación de los perceptores y los importes correspondientes.

3. Evidencias físicas y fácilmente constatables del cumplimiento de todas y cada una de las medidas que el proyecto presentado inicialmente recogía como acciones a desarrollar.

4. Copias de las facturas justificativas de los gastos subvencionados y ejecutados, suficientemente detalladas y desglosadas por los diferentes conceptos que contempla el proyecto, así como de los justificantes bancarios acreditativos de sus pagos. No se entenderán justificados los gastos, en el caso de que las facturas que los sustentan no hayan sido abonadas íntegramente mediante pagos bancarios.

5. Justificación documental que acredite el cumplimiento de requisitos de publicidad exigidos en la resolución individual.

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