RESUMEN MORATORIAS DE LAS COTIZACIONES SOCIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL

EMPRESAS: MORATORIAS DE LAS COTIZACIONES SOCIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL, DE 6 MESES, SIN INTERÉS, CUYO PERIODO DE DEVENGO CORRESPONDA CON LOS MESES DE ABRIL, MAYO Y JUNIO DE 2020.

 

  • El plazo de concesión es de 3 meses tras la solicitud.
  • No se podrá solicitar esta moratoria si la empresa ha tramitado un ERTE
  • Se deberán presentar solicitudes individualizadas por cada código de cuenta de cotización donde figuren de alta los trabajadores respecto de los que se solicita la moratoria

AUTÓNOMOS: MORATORIAS DE LAS COTIZACIONES SOCIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL, DE 6 MESES SIN INTERÉS CUYO PERIODO DE DEVENGO SE CORRESPONDA CON LOS MESES DE MAYO, JUNIO Y JULIO DE 2020.

  • El plazo de concesión será de 3 meses tras la solicitud.
  • No se podrá realizar esta moratoria si se ha realizado un ERTE.
  • Las solicitudes se realizarán a través de Sistema Red o SEDESS.